Artículo de opinión publicado por Ana Belén Cordero
en el periódico Aula Magna de la USFQ
El artículo 339 del Código Orgánico de la Función Judicial establece que “Los estudiantes egresados de las Facultades de Jurisprudencia, deberán realizar en forma obligatoria un año de servicio a la comunidad mediante la asistencia legal comunitaria en la Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado, órganos jurisdiccionales, consultorios jurídicos gratuitos de las universidades o en los sectores rurales, urbano marginales o en los organismos seccionales que no cuenten con recursos para contratar abogados de planta, servicio cuyo cumplimiento será un requisito para el ejercicio profesional”.

El artículo 340 de la referida norma hace mención a que “El año de asistencia legal constituye un modo de restituir en parte a la sociedad ecuatoriana el beneficio de la educación superior recibida de ella y por constituir la abogacía una función social al servicio de la justicia y del derecho”.
Pregunto yo -No será una vez más la incompetencia del gobierno de poder ofrecer patrocinio legal gratuito a sus mandantes que remontamos a épocas arcaicas cuando aún no se abolía el esclavismo? Este año que “retribuyen” con servicios de patrocinio gratuito no se encuentra remunerado - a diferencia de lo que ocurre con la “rural” de los médicos. Yo ya restituí económicamente con el trabajo de mi padre por la educación recibida - ¿Qué hago yo con esa educación? ¡Eso es problema mío!
Artículo de Opinión publicado en la Columna de "Editoriales" del Periódico Aula Magna de la Universidad San Francisco de Quito.
Los puntos de vista publicados como Opinión son exclusiva responsabilidad de sus autores y no representan necesariamente la posición de este medio. Aula Magna es un periódico democrático y liberal, sin fines de lucro, comprometido con la defensa de los derechos y las libertades de los ciudadanos. Las opiniones vertidas en el medio no comprometen a la USFQ como institución, ni a sus autoridades.
No hay comentarios.: